Constitución de Sociedades en Barcelona y Mataró

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La constitución de una sociedad es el primer paso para poner en marcha un proyecto empresarial con la seguridad jurídica que ofrece una persona jurídica independiente. En BCNGEST Abogados, nuestro equipo de abogados mercantilistas en Barcelona y Mataró le acompaña en todo el proceso: desde la elección del tipo societario más adecuado hasta la inscripción definitiva en el Registro Mercantil.

Tanto si es un emprendedor que lanza su primera empresa como si necesita constituir una filial, una sociedad profesional o una sociedad patrimonial, le ofrecemos un asesoramiento integral adaptado a su situación concreta y a la normativa vigente.

Para constituir una sociedad limitada necesitas socios, estatutos, un domicilio social y un capital social. Desde la Ley 18/2022 «Crea y Crece», el capital mínimo de una SL es de 1 €, aunque suele recomendarse una cifra superior por credibilidad y solvencia frente a terceros. El proceso incluye la certificación negativa de denominación, la escritura ante notario y la inscripción en el Registro Mercantil.

Tipos de sociedades que constituimos

Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL / SRL)

Es la forma jurídica más habitual en España. Regulada por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (Ley de Sociedades de Capital), la SL se caracteriza por:

  • Capital mínimo de 1 euro desde la entrada en vigor de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (Ley Crea y Crece). Anteriormente el mínimo era de 3.000 euros.
  • Responsabilidad limitada al capital aportado: los socios no responden con su patrimonio personal.
  • Órgano de administración flexible: administrador único, administradores solidarios, mancomunados o consejo de administración.
  • Participaciones sociales no negociables libremente (derecho de adquisición preferente de los socios).

Importante: Aunque el capital mínimo legal es de 1 euro, la Ley Crea y Crece establece que mientras el capital no alcance los 3.000 euros, se deberá destinar al menos el 20% del beneficio a reserva legal (frente al 10% habitual). Recomendamos valorar con nuestro equipo el capital óptimo según su actividad.

Sociedad Anónima (SA)

Adecuada para proyectos de mayor envergadura. Capital mínimo de 60.000 euros, con al menos el 25% desembolsado en la constitución. Las acciones son libremente transmisibles, lo que facilita la entrada de inversores.

Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE)

Variante simplificada de la SL, con un proceso de constitución acelerado a través del sistema CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas). Permite la constitución telemática en plazos de 1 a 7 días hábiles.

Otras formas jurídicas

  • Sociedad Profesional (Ley 2/2007): para el ejercicio colectivo de profesiones colegiadas (abogados, médicos, arquitectos).
  • Sociedad Patrimonial / Holding: para la gestión y protección de patrimonio familiar o empresarial.
  • Sucursal de sociedad extranjera: para empresas internacionales que desean operar en Barcelona sin crear una entidad española independiente.

Proceso de constitución paso a paso

El proceso completo de constitución de una sociedad mercantil comprende las siguientes fases:

  1. Certificación negativa de denominación social: solicitud al Registro Mercantil Central de que el nombre elegido no está registrado. Tiene una vigencia de 6 meses (renovable por 3 meses más).
  2. Apertura de cuenta bancaria: ingreso del capital social inicial en una cuenta a nombre de la sociedad en constitución. La entidad emite el certificado de depósito.
  3. Redacción de los estatutos sociales: documento que regula el funcionamiento interno de la sociedad (objeto social, domicilio, órganos de administración, régimen de transmisión de participaciones). Nuestros abogados redactan unos estatutos a medida que previenen futuros conflictos.
  4. Escritura pública de constitución: firma ante notario por todos los socios fundadores. Incluye la identificación de los socios, el capital aportado por cada uno, los estatutos y el nombramiento de los administradores.
  5. NIF provisional: solicitud del Número de Identificación Fiscal ante la Agencia Tributaria (modelo 036). Permite iniciar la actividad mientras se completa la inscripción registral.
  6. Inscripción en el Registro Mercantil: la sociedad adquiere personalidad jurídica plena. El plazo habitual es de 15 días hábiles desde la presentación.
  7. NIF definitivo: se obtiene tras la inscripción, sustituyendo al provisional.
  8. Alta en el IAE y en la Seguridad Social: obligaciones tributarias y de cotización del administrador y, en su caso, de los trabajadores.

Constitución exprés: Mediante la vía telemática (CIRCE/PAE), la SL puede quedar constituida en 48 horas si se utilizan los estatutos tipo del Ministerio de Industria. Nuestro despacho gestiona el proceso completo por esta vía cuando el proyecto lo permite.

¿Cuánto cuesta constituir una sociedad?

Los costes de constitución de una SL en Barcelona varían según la complejidad del proyecto. Como referencia orientativa:

  • Notaría: entre 150 y 400 euros, según el capital social y la extensión de la escritura.
  • Registro Mercantil: entre 100 y 250 euros.
  • Certificación negativa de denominación: aproximadamente 20 euros (tasa del RMC).
  • Honorarios profesionales: dependen de la complejidad (número de socios, estatutos personalizados, pactos parasociales, due diligence previa).

En BCNGEST Abogados ofrecemos un presupuesto cerrado sin sorpresas. Le informamos de todos los costes antes de iniciar el proceso.

¿Por qué confiar en BCNGEST para constituir su sociedad?

  • Asesoramiento integral: no solo constituimos la sociedad, sino que le aconsejamos sobre la estructura óptima desde el punto de vista mercantil, fiscal y laboral.
  • Estatutos a medida: redactamos estatutos que previenen conflictos futuros (cláusulas de arrastre, acompañamiento, valoración de participaciones, régimen de prestaciones accesorias).
  • Pactos parasociales: cuando hay varios socios, recomendamos complementar los estatutos con un pacto de socios que regule aspectos sensibles (permanencia, no competencia, distribución de beneficios, salida de socios).
  • Coordinación con gestoría: al pertenecer al grupo BCNGEST, coordinamos la constitución con el alta fiscal, contable y laboral de forma simultánea.
  • Proximidad: oficinas en Barcelona y Mataró con atención presencial y telemática.

Preguntas frecuentes sobre constitución de sociedades

¿Cuál es el capital mínimo para crear una SL en 2026?

Desde la Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece), el capital mínimo para constituir una Sociedad Limitada es de 1 euro. No obstante, mientras el capital sea inferior a 3.000 euros, la sociedad debe destinar al menos el 20% de sus beneficios a reserva legal. Nuestros abogados le aconsejan sobre el capital más adecuado según su actividad.

¿Cuánto se tarda en constituir una sociedad?

Por la vía ordinaria, entre 2 y 4 semanas. Mediante constitución telemática (CIRCE), el proceso puede completarse en 48 horas a 7 días hábiles si se utilizan los estatutos tipo. En BCNGEST gestionamos ambas vías según sus necesidades.

¿Necesito un abogado para constituir una sociedad?

Legalmente no es obligatorio, pero sí muy recomendable. Un abogado mercantilista redacta unos estatutos que protegen sus intereses, previene conflictos entre socios y le asesora sobre la estructura fiscal y societaria óptima. Una mala redacción de estatutos puede generar problemas graves a medio plazo.

¿Qué diferencia hay entre una SL y una SA?

La principal diferencia es el capital mínimo (1 euro la SL frente a 60.000 euros la SA) y la transmisibilidad de las participaciones/acciones. En la SL las participaciones están sujetas a restricciones de transmisión, mientras que en la SA las acciones son libremente transmisibles. La SL es adecuada para la mayoría de pymes y proyectos; la SA se reserva para empresas de mayor dimensión o que prevean salir a bolsa.

¿Puedo constituir una SL siendo extranjero?

Sí. Cualquier persona física o jurídica, con independencia de su nacionalidad, puede constituir una sociedad en España. Necesitará un NIE (Número de Identidad de Extranjero), que puede tramitarse en la oficina consular correspondiente o en España con cita previa. En BCNGEST le asistimos en la obtención del NIE y en todo el proceso.

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Ultima revision: julio de 2026 | Contenido del equipo juridico de Bcngest Abogados.

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La información contenida en esta página tiene carácter general y meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico individualizado. Cada caso debe ser analizado atendiendo a sus circunstancias concretas y a la normativa vigente en el momento de la consulta.

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