Derecho de Familia · Ley 15/2005

Abogado de Divorcios en Barcelona y Mataró

Divorcio de mutuo acuerdo o contencioso, custodia de hijos, pensión de alimentos, liquidación de bienes gananciales. Te acompañamos en cada paso con cercanía y rigor jurídico.

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Derecho de familia integral

¿En qué situación te encuentras?

Divorcio de mutuo acuerdo

Cuando ambos cónyuges están de acuerdo. Redactamos el convenio regulador (hijos, vivienda, pensión, bienes) y gestionamos todo el procedimiento judicial. Es la vía más rápida: puede resolverse en 2-3 meses.

Divorcio contencioso

Cuando no hay acuerdo. Defendemos tus intereses ante el juzgado en todas las cuestiones en disputa: custodia, uso de la vivienda, pensión compensatoria, reparto de bienes. Te representamos en cada vista.

Custodia y régimen de visitas

Negociamos y litigamos la custodia compartida o exclusiva, el régimen de visitas y la pensión de alimentos. El interés superior del menor es el principio rector (art. 92 CC, Libro II del Código Civil de Cataluña).

Pensión de alimentos

Calculamos, reclamamos o modificamos la pensión de alimentos (art. 142-152 CC). Si hay impago, ejecutamos judicialmente. También tramitamos la modificación de medidas cuando cambian las circunstancias.

Liquidación del régimen económico

Repartimos los bienes del matrimonio: gananciales, participación, separación de bienes. Gestionamos la adjudicación de la vivienda, vehículos, cuentas, inversiones y deudas comunes.

Parejas de hecho y separaciones

Asesoramos en la ruptura de parejas de hecho (reguladas por la Ley 25/2010 en Cataluña): custodia, alimentos, uso de la vivienda y compensación económica por razón de trabajo.

Importante: No necesitas llevar 3 meses casado para divorciarte (Ley 15/2005: basta con que el matrimonio esté inscrito). Puedes pedir el divorcio directamente, sin separación previa.

Mutuo Acuerdo vs. Contencioso: ¿Cuál Es Tu Caso?

✅ Mutuo acuerdo

  • Ambos cónyuges de acuerdo
  • Convenio regulador pactado
  • Un solo abogado y procurador posible
  • Plazo habitual: 2-3 meses
  • Coste significativamente menor
  • Menor impacto emocional en hijos

⚠️ Contencioso

  • Sin acuerdo entre las partes
  • El juez decide las medidas
  • Cada parte necesita su abogado
  • Plazo habitual: 6-18 meses
  • Coste más elevado
  • Mayor desgaste emocional

Nuestro consejo: siempre intentamos reconducir hacia el mutuo acuerdo, incluso si empezó como contencioso. Es mejor para todos, especialmente si hay hijos menores.

Cómo Trabajamos Tu Divorcio

Transparencia total. Así funciona el proceso, paso a paso.

Consulta inicial

Escuchamos tu situación, evaluamos las opciones (mutuo acuerdo o contencioso) y te explicamos los plazos, costes y posibles resultados. Sin compromiso.

Convenio o demanda

Si es mutuo acuerdo, redactamos el convenio regulador. Si es contencioso, preparamos la demanda con toda la documentación necesaria (certificado matrimonio, empadronamiento, nóminas, declaraciones IRPF).

Procedimiento judicial

Presentamos la demanda ante el Juzgado de Familia de Barcelona o Mataró. En mutuo acuerdo, se ratifica en una vista rápida. En contencioso, defendemos tu posición en audiencia previa y juicio.

Sentencia y ejecución

Obtenida la sentencia de divorcio, nos encargamos de la inscripción en el Registro Civil, la liquidación de bienes y la ejecución de las medidas (pensión, custodia, vivienda).

Modificación de medidas

Si las circunstancias cambian (trabajo, traslado, nuevos ingresos), tramitamos la modificación de las medidas aprobadas. Es un derecho, no una excepción.

Si hay violencia: la orden de protección se tramita en 72 horas. No esperes. Llama al 016 o contáctanos. Actuamos como acusación particular si es necesario.

Preguntas Frecuentes sobre Divorcios

¿Cuánto tarda un divorcio de mutuo acuerdo?
Un divorcio de mutuo acuerdo suele resolverse en 2-3 meses desde la presentación de la demanda. El plazo depende del juzgado asignado (en Barcelona, los Juzgados de Familia suelen citar la ratificación en 4-8 semanas). La preparación del convenio regulador puede llevar 1-2 semanas adicionales, dependiendo de la complejidad de los bienes y si hay hijos menores.
¿Cuánto cuesta divorciarse?
En Bcngest Abogados la primera consulta es sin compromiso. Los honorarios de un divorcio de mutuo acuerdo son significativamente menores que los de un contencioso, porque el procedimiento es más breve y sencillo. En un contencioso, los costes dependen de la complejidad (número de bienes, peritajes, vistas). Te damos un presupuesto cerrado antes de empezar, con total transparencia.
¿Qué pasa con la custodia de los hijos?
En Cataluña, el Código Civil catalán (Libro II, Ley 25/2010) establece la custodia compartida como opción preferente cuando es viable. El juez valora: la edad de los hijos, la vinculación afectiva, la capacidad de los progenitores, la proximidad de domicilios, la opinión de los hijos (si tienen suficiente madurez) y la disponibilidad horaria. La custodia exclusiva se otorga cuando la compartida no conviene al menor.
¿Puedo divorciarme sin el consentimiento de mi cónyuge?
Sí. Desde la Ley 15/2005, el divorcio es un derecho unilateral: cualquiera de los cónyuges puede solicitarlo sin alegar causa y sin necesidad del consentimiento del otro. En ese caso, se tramita como divorcio contencioso (demanda de un cónyuge frente al otro). No se requiere periodo previo de separación.
¿Cómo se calcula la pensión de alimentos?
No hay una fórmula legal fija. Los tribunales valoran: los ingresos de ambos progenitores, las necesidades reales de los hijos (alimentación, educación, sanidad, ocio), el régimen de custodia (compartida o exclusiva) y el nivel de vida previo del menor. En la práctica, las tablas orientadoras del CGPJ y las resoluciones del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sirven de referencia. La pensión se actualiza anualmente según IPC u otro índice pactado.
¿Qué es la pensión compensatoria?
La pensión compensatoria (art. 97 del Código Civil) es una prestación económica que un cónyuge paga al otro cuando el divorcio le produce un desequilibrio económico respecto a la situación que tenía durante el matrimonio. Se valoran: la edad, la salud, la cualificación profesional, la dedicación a la familia, la duración del matrimonio y los medios económicos de cada parte. Puede ser temporal o indefinida.
¿Se puede modificar la sentencia de divorcio?
Sí. Si las circunstancias cambian sustancialmente respecto a las que se tuvieron en cuenta al dictar la sentencia (p. ej., cambio de trabajo, traslado geográfico, nuevos ingresos o pérdida de empleo), se puede solicitar una modificación de medidas (art. 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Puede pedirla cualquiera de las partes. Si ambos están de acuerdo, se tramita como mutuo acuerdo; si no, como contencioso.

Da el Primer Paso

Sabemos que es una decisión difícil. Cuéntanos tu situación y te explicamos qué opciones tienes, con total discrección. Sin compromiso.

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